En la IU Digital de Antioquia sabemos que cada solicitud ciudadana lleva consigo una expectativa legítima: recibir una respuesta oportuna y clara. Sin embargo, en algunas ocasiones, por razones técnicas, jurídicas o administrativas, no es posible responder dentro de los plazos legales establecidos.
¿Qué hacer en estos casos? La respuesta no es ignorar ni aplazar: es comunicar con transparencia y responsabilidad.
La Resolución Rectoral 1095 de 2025, en su artículo 17, establece claramente qué pasos debemos seguir cuando enfrentamos la imposibilidad de dar respuesta dentro del tiempo estipulado por ley. No hacerlo puede constituir una vulneración del derecho de petición y afectar la imagen institucional.
¿Qué indica la norma?
Cuando no sea posible cumplir el plazo de respuesta:
- Antes del vencimiento del término legal, debes notificar al peticionario.
- En esa notificación se debe:
- Explicar las razones del retraso.
- Indicar la fecha probable de respuesta, que no podrá exceder el doble del plazo original.
- La comunicación debe ser oficial, radicada y enviada desde el módulo de gestión documental del sistema G+.
Además, debe quedar vinculada al número de radicado de la PQRSFD correspondiente.
¿Por qué esto es importante?
Porque permite mantener la confianza de nuestros ciudadanos, respetar sus derechos, y mostrar que la IU Digital de Antioquia actúa con integridad, incluso en escenarios complejos.
Responder a tiempo es ideal, pero responder con honestidad cuando no es posible, también es un acto de buen servicio.
Recomendación final: si identificas que no lograrás responder en el plazo, no esperes al último día. Actúa con antelación y haz uso del canal oficial. Recuerda: en Atención al Ciudadano, somos tu voz.