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Aclaramos tus dudas sobre la gestión de PQRSFD

Aclaramos tus dudas sobre la gestión de PQRSFD

29 Agosto 2025

En Atención al Ciudadano sabemos que la claridad es clave en cada trámite. Por eso, queremos recordarte lo que nos indica la Resolución Rectoral 1095 de 2022:

  • Solicitudes irrespetuosas, oscuras o reiterativas: toda petición debe ser respetuosa; si no lo es, puede ser rechazada. Además, si una solicitud ya fue resuelta y vuelve a presentarse sin cambios, podremos remitirnos a la respuesta anterior, salvo que se trate de un derecho imprescriptible o que se subsanen los requisitos que antes no se cumplían.

  • Devolución de solicitudes: cuando no sea clara la finalidad de la petición, debemos solicitar al ciudadano que la precise en un plazo de diez (10) días. Si no lo hace, la solicitud se archiva.

  • Atención prioritaria: siempre debemos dar trámite preferente a las solicitudes relacionadas con derechos fundamentales, especialmente cuando exista riesgo de una vulneración que pueda generar un perjuicio irremediable.

 

De esta manera, fortalecemos nuestro compromiso con la transparencia y la correcta gestión de las PQRSFD. En Atención al Ciudadano somos tu voz.